Preguntas frecuentes sobre luz

En esta página vas a encontrar las respuestas a las dudas más habituales de los usuarios sobre el suministro de luz: gestión de averías, instalación y mantenimiento, trámites, facturas, pagos y más. 


Preguntas frecuentes más consultadas

¿Se puede cambiar el contrato de luz en alquiler?

Cambiar el contrato de luz estando en alquiler es posible siempre que el contrato de arrendamiento no indique lo contrario. Te explicamos lo que tienes que tener en cuenta para realizar esta gestión de forma segura.

¿Merece la pena cambiar de compañía eléctrica?

Si te preguntas si merece la pena cambiar de compañía eléctrica, el sentido de la respuesta va a depender principalmente del grado de satisfacción que tengas con la compañía, de si las tarifas que estás pagando son competitivas o si por el contrario existen opciones más asequibles en el mercado que argumentan por sí mismas el cambio.

¿Por qué se va la luz en casa sin saltar el diferencial?

Existen varias razones que explican por qué se va la luz en casa y no salta el diferencial. Conocerlas es esencial para tomar las medidas adecuadas, dado que es un dispositivo clave a la hora de detectar y desconectar un circuito en caso de producirse una fuga de corriente a tierra.

¿Cómo consultar la factura electrónica de la luz?

La factura electrónica de la luz es un documento en formato digital equivalente a la factura convencional impresa y que conlleva los mismos efectos legales. Te explicamos cómo puedes consultarla y sus principales ventajas.

¿Se puede instalar un cargador de coche eléctrico en el garaje comunitario?

La primera consideración importante que debes conocer es que la instalación de un punto de carga para coches eléctricos en garajes comunitarios no significa que puedas hacer uso de la luz comunitaria. 

Dicho lo anterior, instalar un cargador de coche eléctrico en el garaje de la comunidad no solo está permitido, sino que está avalado por ley y la comunidad de propietarios no puede oponerse a dicha instalación.  

En línea con lo anterior se manifiesta el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal diciendo que la simple comunicación previa a la comunidad será suficiente para proceder a la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en un garaje comunitario. Para lo anterior, la instalación se debe realizar en una plaza individual del garaje y tanto el coste como el consumo de electricidad correrán a cargo de la persona interesada en dicha obra.