
Autoconsumo individual o colectivo, con o sin gestión de excedentes, comunidades o huertos solares... Descubre cuál es el mejor tipo de autoconsumo para ti.
Las ayudas y subvenciones para el autoconsumo del Gobierno buscan promover la instalación de sistemas provenientes de fuentes renovables a favor del consumo propio y del almacenamiento energético.
Esta es una muy buena noticia si estás pensando en poner en marcha un sistema de autoconsumo de energías renovables (paneles solares, biomasa, instalaciones geotérmicas o aerotérmicas) ya sea en tu vivienda, tu comunidad de vecinos o en tu negocio, ya que con el vigente plan de ayudas podrías cubrir hasta el 45% del total de costes de la instalación.
A continuación te explicamos brevemente las principales líneas de subvención, el tipo de instalaciones de autoconsumo que están incluidas, los plazos de solicitud y la cuantía aproximada que puedes obtener.
Lo primero que debes saber es que este plan de ayudas al autoconsumo, aprobado en el Real Decreto 477/2021, se encuentra activo desde julio de 2021 y está disponible tanto para empresas como para particulares.
Se trata del plan más ambicioso hasta la fecha para el fomento de las instalaciones de autoconsumo basadas en fuentes de energía renovable: 660 millones de euros –ampliables a 1.320 millones– que están siendo distribuidos entre las distintas Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, y que se repartirán entre las distintas líneas de ayuda.
Este plan de ayudas para el autoconsumo, el uso de baterías solares y la climatización renovable se ha incluido además como uno de los proyectos estratégicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia puesto en marcha por el Gobierno con el fin de canalizar los fondos europeos Next Generation.
Estas ayudas al autoconsumo, a la climatización renovable y baterías, se dividen en seis programas distintos, según sus destinatarios, que podrían ser empresas, sector público, tercer sector (ONGs) y particulares (también comunidades de vecinos).
Dependiendo del tipo de solicitante que seas, podrás acceder a una cuantía u otra.
A continuación, entramos un poco más en detalle en los seis programas de incentivos previstos:
Programa 1. Autoconsumo y almacenamiento para el sector servicios, para el que se destinan 120 millones, de los cuales 20 millones van al almacenamiento.
Programa 2. Autoconsumo y almacenamiento para otros sectores productivos, como la industria o el agrícola, que reciben 175 millones, de los cuales 25 millones se dirigen al almacenamiento.
Programa 3. Incorporación de almacenamiento para sistemas de autoconsumo existentes en sectores económicos (empresas), dotado con 45 millones a repartir entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
Programa 4. Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial (viviendas), el sector público y el tercer sector (ONGs), con una dotación de 215 millones –la más cuantiosa–, de los cuales 15 millones se dirigen al almacenamiento.
Programa 5. Incorporación de almacenamiento en sistemas de autoconsumo existentes en el sector residencial (viviendas), sector público y tercer sector (ONGs), con 5 millones presupuestados.
Programa 6. Climatización y agua caliente sanitaria obtenida con renovables en el sector residencial, incluida la vivienda pública protegida, que se dota con 100 millones.
En resumen, los programas 1, 2 y 3 se orientan a personas jurídicas y organizaciones que desempeñan alguna actividad económica, esto es, a empresas.
Por su parte, las líneas de ayuda más interesantes para el autoconsumo de los hogares y las familias son las tres últimas (programas 4, 5 y 6). A las que también se pueden acoger los trabajadores autónomos, tal y como se recoge en el texto del Real Decreto.
Estas subvenciones para el autoconsumo podrán cubrir cualquier parte del presupuesto para instalar paneles solares u otro sistema similar basado en energías renovables, entre otras actuaciones se enfocan en:
Los materiales.
La mano de obra del instalador.
Los equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
Los sistemas de gestión y monitorización.
La redacción de la memoria técnica.
La gestión de los trámites administrativos para solicitar la ayuda.
Si quieres solicitar estas ayudas del Gobierno para el autoconsumo, deberás cumplir con las siguientes condiciones:
La factura de la instalación debe ser posterior al 30 de junio de 2021(y hasta 31 de diciembre de 2023, aunque se han ampliado los plazos y los presupuesto en algunas Comunidad Autónomas, y otras se encuentran en espera de una ampliación).
La instalación debe estar correctamente dimensionada, por lo que no podrá superar, como máximo, un 25% el consumo anual.
En el caso de las baterías, como máximo, podrán tener el doble de capacidad de la potencia del inversor solar. Es decir que para un inversor de 3 kW (kilovatios), se podrá poner, como máximo, una batería de 6 kW.
Además, los sistemas de autoconsumo superiores a los 100 kW de potencia deberán incluir un plan estratégico de carácter público que indique el origen y el lugar de fabricación de los equipos y su efecto tractor sobre pymes y autónomos.
Este plan de ayudas para el autoconsumo está coordinado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía –IDAE–, que es el encargado de hacer el seguimiento de las ayudas, aunque su gestión se realiza a través de las Comunidades Autónomas que son las beneficiarias directas de las mismas.
Cada Comunidad Autónoma desde el 29 de septiembre de 2021 ha tenido que poner en marcha su propio mecanismo de presentación y tramitación de las ayudas, esto es, un portal a través del cual facilita toda la información, la descarga de la documentación a cumplimentar y la resolución de dudas.
Por tanto, deberás acudir a la página web correspondiente de cada comunidad autónoma y seguir los procesos específicos que se hayan determinado para realizar las solicitudes.
Para que te hagas una idea de la cuantía de las subvenciones para el autoconsumo, vamos a fijarnos en las ayudas para el programa 6, disponibles tanto para particulares como para comunidades de vecinos.
Los importes quedan definidos como siguen, tal y como figura en el ya mencionado Real Decreto 477/2021, según el tipo de instalación y su potencia, así como por la tipología de la vivienda.
|
Sector residencial (viviendas y comunidades de vecinos) |
Viviendas de propiedad pública y tercer sector (ONGs) |
---|---|---|
Instalaciones aerotérmicas para climatización o agua caliente sanitaria (ACS) |
500 euros/kW (máximo 3.000 euros por vivienda) |
650 euros/kW (máximo 3.900 euros por vivienda) |
Instalación Solar Térmica (según potencia instalada) |
Entre 450 y 900 euros/kW (máximo 550-1.800 euros por vivienda) |
Entre 650 y 950 euros/kW (máximo 820-1.850 euros por vivienda) |
Biomasa (calderas o calefacción local) |
250 euros/kW (máximo 2.500-3.000 euros) |
350 euros/kW (máximo 3.500-4.200 euros) |
Instalaciones geotérmicas para climatización o ACS de circuito cerrado |
Entre 1.600 y 2.250 euros/kW (máximo 9.000-13.500 euros por vivienda) |
Entre 1.700 y 2.250 euros/kW (máximo 9.550-13.500 euros por vivienda) |
Te recordamos que aunque la fecha de presentación de las ayudas cumplió el 31 de diciembre de 2023, muchas Comunidades Autónomas han ampliado el plazo, así como el presupuesto aprobado.
Por este motivo, nuestra recomendación es que acudas a los órganos competentes de tu comunidad para que te informen convenientemente de los plazos y convocatorias que puedan estar abiertas.
Para facilitarte esta tarea, en la siguiente tabla vas a encontrar los organismos oficiales que gestionan estas ayudas en cada Comunidad:
Comunidad Autónoma |
Dónde puedes informarte |
---|---|
Andalucía |
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Aragón |
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Asturias |
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Islas Baleares |
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Canarias |
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Cantabria |
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Castilla-La Mancha |
Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha |
Castilla y León |
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Cataluña |
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Ceuta |
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Comunidad Valenciana |
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Extremadura |
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Galicia |
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Madrid |
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Melilla |
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Murcia |
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Navarra |
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País Vasco |
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La Rioja |
Además de las ayudas directas de autoconsumo basado en energías renovables, puedes acceder a beneficios fiscales y bonificaciones como las siguientes:
Deducciones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) para la instalación de placas solares y otras instalaciones de autoconsumo. Puedes acceder a una deducción del 60 % siempre que las obras se realicen antes del 31 de diciembre de 2025 y hayas logrado reducir el consumo de tu sistema de climatización al menos un 30 % o, en su defecto, hayas obtenido la clasificación en el Certificado de Eficiencia Energética A o B.
Bonificaciones en el impuesto de bienes inmuebles (IBI). Puedes acceder a una bonificación del IBI por la instalación de placas solares de hasta el 50 %. Dependiendo del municipio en el que se encuentre la instalación puedes beneficiarte de esta reducción durante unos 5 años de media, pudiendo llegar a los 30 años, aunque esto último no es lo más habitual.
Bonificación del impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO). Puede llegar al 95 %, en función de dónde te encuentres, ya que también es regulado por las administraciones locales.
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