Normativa sobre la instalación del punto de recarga del coche eléctrico

Conocer la normativa sobre la instalación del punto de recarga del coche eléctrico resulta necesario para plantear de manera óptima el proyecto. La electrificación de la movilidad es uno de los puntales del proceso de descarbonización de la sociedad necesario para potenciar la independencia energética y el cuidado del medioambiente.

Los puntos de recarga cumplen una función indispensable en el desarrollo de una movilidad más sostenible, además de ofrecer mayor comodidad a sus usuarios cuando se instalan en garajes comunitarios o en viviendas unifamiliares.

En este artículo vas a encontrar toda la información necesaria para que conozcas y entiendas la normativa sobre la instalación del punto de recarga del coche eléctrico.

¿Qué dice la normativa sobre la instalación del punto de recarga del coche eléctrico?

En lo referente a la normativa sobre la instalación del punto de recarga del coche eléctrico, el Real Decreto-ley 29/2021 establece, entre otras cuestiones, las siguientes:

  • Exigencias relativas a la instalación de puntos de carga en edificios existentes que se utilicen para otros fines más allá del uso residencial.
  • Autorizaciones para el despliegue de puntos de recarga en vías de comunicación por carretera.
  • Bonificaciones aplicables a tributos.
  • Sanciones previstas ante el incumplimiento de plazos en lo que respecta a las distribuidoras y titulares de estaciones de servicio.

Por su parte, el Real Decreto 184/2022 regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos con el objetivo de promover e incentivar el despliegue de puntos de recarga de coches eléctricos en el territorio nacional.

Por otro lado, en lo tocante a la propia instalación, esta se rige por la normativa IEC 61851-1 que se basa en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y actualiza la infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos ITC-BT 52.

En esta normativa sobre los puntos para cargar coches eléctricos se recogen las exigencias mínimas y las características técnicas y de seguridad con base a 3 criterios indispensables:

  1. Incremento de la protección IP ( ingress protection) frente al polvo y el agua, e IK (Impact Resistance) frente a golpes e impactos.
  2. Inclusión de sistemas de seguridad integrados.
  3. Mejora de la conectividad para una mayor eficiencia energética.

Por último, la utilización de los puntos de carga cuando son públicos, queda regulada por las Ordenanzas Municipales que pueden definir aspectos tales como el tiempo de aparcamiento autorizado, entre otras cuestiones.

Normativa instalación punto de recarga coche eléctrico

Particularidades de la prestación de servicio de recarga eléctrica de vehículos

El servicio de recarga energética puede efectuarse bajo las siguientes modalidades:

  • El operador del punto de carga ofrece la posibilidad de realizar recargas puntuales a los usuarios sin necesidad de realizar un contrato por el servicio prestado.
  • El operador del punto de carga y el usuario firman un contrato previamente a la utilización del servicio.
  • Un proveedor de servicios de movilidad eléctrica ofrece el servicio de punto de carga mediante un operador que debe suscribir un acuerdo de interoperabilidad con dicho proveedor.

¿Qué dice la normativa sobre instalar puntos de recarga para coches eléctricos en garajes comunitarios?

De acuerdo con la normativa sobre la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos, en el caso de que desees disponer de uno en la plaza de garaje de tu propiedad, debes saber que no necesitas la autorización de la Comunidad de Propietarios.

Tal y como se estipula en el artículo 17.5  de la Ley de Propiedad Horizontal necesitas sólo notificarlo y seguir el proceso legal de instalación al que están sujetos estos puntos de abastecimiento. En este caso, debes asumir el coste de la instalación.

En cuanto a los detalles técnicos de la instalación en garajes comunitarios sujetos a la Ley de Propiedad Horizontal, los puntos de recarga para coches eléctricos deben seguir los esquemas y requisitos expuestos en las normas anteriormente citadas.

Para el correcto desarrollo del proyecto es preciso que se realice una preinstalación, que en edificios nuevos debe preverse y que debe considerar 2 aspectos fundamentales:

  1. Instalar un sistema de conducción de cables desde la sala de contadores para que puedan abastecer a los puntos de carga. Es preciso que estos sistemas permitan la alimentación como mínimo del 15 % de las plazas de estacionamientos.
  2. Centralizar los contadores en un espacio que cuente con dispositivos de protección contra sobreintensidades del contador mediante fusibles o interruptores automáticos.

Ten en cuenta que una vez terminada la instalación, debe emitirse o actualizarse el Certificado de Instalación Eléctrico (CIE) o boletín eléctrico.

Cuestiones especiales en edificios no destinados a uso residencial

En el caso de que se trate de un garaje de un edificio no destinado al uso residencial y disponga de un aparcamiento de más de 20 plazas, la normativa dispone lo siguiente con respecto a las dotaciones mínimas para la recarga de vehículos eléctricos:

  • En los inmuebles de índole privada, debe de haber un punto de carga cada 40 plazas de aparcamiento hasta las 1.000 plazas. A partir de ahí, una estación de carga por cada 100 espacios de aparcamiento adicionales.
  • En los inmuebles de titularidad de la Administración General del Estado, debe colocarse una estación de recarga por cada 20 plazas hasta las 500 plazas. Más allá de ese número, se debe añadir un punto de recarga de coches eléctricos cada 100 plazas.

Por lo tanto, estas normas se aplican a edificios empleados como centros de trabajos, hospitales, colegios, hoteles, restaurantes, supermercados, etc., aunque no se aplican a edificios declarados históricos o con valor arquitectónico particular reconocido oficialmente.

Cuando la plaza de garaje ofrezca este servicio, debe comunicarse a los usuarios mediante la señal S-17 que indica que se puede aparcar, y que puede ir acompañada de un símbolo de coches eléctricos.

Normativa sobre la instalación del punto de recarga del coche eléctrico en viviendas unifamiliares

En cuanto a instalar un punto de recarga en una casa unifamiliar, puedes hacerlo siempre que el proyecto lo lleve a cabo un profesional cualificado o una empresa autorizada tomando la precaución de instalar un circuito exclusivo para la recarga del vehículo eléctrico.

Este tipo de infraestructuras se encuentran igualmente sometidas a la normativa vigente debiendo seguir los esquemas previstos.

La alimentación puede ser monofásica o trifásica y debe proporcionar la potencia que el proyectista justifique de acuerdo con la previsión de potencia de carga y el número de vehículos que pueden cargarse de manera simultánea.

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