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El impuesto especial sobre la electricidad es un gravamen que se aplica en la factura de la luz a la mayoría de los consumidores. Es importante señalar que el tipo de actividad es importante, dado que algunas pueden acogerse a ciertas exenciones y reducciones.
Cabe aclarar, que este impuesto, al igual que el del valor añadido o IVA se tiene que abonar incluso cuando no se da ningún consumo, puesto que considera el término de potencia, es decir, el precio que pagas por la cantidad de kW (kilovatios) de potencia que tienes contratada con tu comercializadora eléctrica.
Comprender este concepto impositivo te permite entender mejor el importe final de tu factura eléctrica. Por sus implicaciones, en este artículo vamos a hablarte sobre qué es el impuesto especial sobre la electricidad y cuánto cuesta, además de ahondar en sus características.
El Impuesto especial sobre la electricidad es un tributo de naturaleza indirecta que grava la producción y el suministro de electricidad con el objetivo de compensar la eliminación del recargo sobre la facturación eléctrica financiada anteriormente por el sector de la minería.
Fue incorporado a los impuestos especiales de fabricación por la Ley 66/1997, pasando de esta manera a formar parte del grupo de impuestos entre los que también se encuentran el impuesto al alcohol o al tabaco, y que buscan garantizar el uso responsable de recursos limitados mientras se intenta proteger la salud de las personas.
En concreto, se trata de un importe que se obtiene sobre el término de consumo y el término de potencia contratada y que aparece en tu factura como “impuesto sobre electricidad”, por lo que la tarifa de luz que tengas contratada con tu comercializadora cobra especial importancia.
De hecho, son las comercializadoras las encargadas de recaudar este impuesto especial sobre la electricidad en nombre del Gobierno y se aplica tanto a las instalaciones de consumo como de autoconsumo eléctrico.
En 2025 el impuesto especial sobre la electricidad introduce una serie de modificaciones que debes conocer, ya que este concepto es uno de los impuestos que se reflejan en tu factura de la luz y cuyo pago asumes.
Te explicamos en los puntos sucesivos las principales novedades previstas para este año recogidas en la Orden HAC/1433/2024.
Los tipos impositivos para calcular el impuesto van a ajustarse en función de nuevos objetivos fiscales y medioambientales en apoyo del desarrollo de políticas de transición ecológica.
El objetivo es reflejar el coste ambiental del consumo eléctrico y equilibrar la carga fiscal entre los grandes consumidores y los usuarios domésticos.
Los criterios que definen el ámbito de aplicación de este impuesto van a ampliarse, de modo que, ciertos consumos que podían estar exentos o que se calculaban de manera diferenciada, van a pasar a formar parte del cómputo general.
Por ejemplo, consumos asociados a actividades de interés público que podían estar exentos, se incorporan a la base general, además de eliminar lagunas fiscales para garantizar que todos los consumidores contribuyan de manera equitativa según su consumo.
Con la intención de incentivar la eficiencia energética y la transición hacia fuentes de energía más limpias y sostenibles, se van a aplicar deducciones y bonificaciones para las inversiones que se realicen en tecnologías limpias.
Gracias a esta iniciativa, las empresas que apuesten por energías renovables y por una mayor eficiencia van a ver reducido el impacto del impuesto especial sobre la electricidad.
Tal y como acabamos de comentarte, va a haber un trato diferenciado entre consumidores industriales o grandes consumidores y los domésticos para ajustar mejor la carga impositiva.
Para ello se pone en marcha el Modelo 560, una declaración informativa que deben presentar:
La fórmula para calcular este gravamen es la siguiente:
Facturación del término de potencia + facturación del término de la energía o energía consumida * porcentaje establecido para este impuesto. |
Ante este cálculo, al tomar en cuenta el término de potencia, incluso si un hogar no ha consumido electricidad, el impuesto se cobra de igual manera, tal y como te hemos avanzado.
Además, y esto es muy importante, la subida del IVA de la luz en 2025 también va a afectar a este impuesto de la luz, porque al ser de carácter especial, se encuentra sometido a la aplicación del IVA.
Como complemento a esta información vemos relevante abordar otras consideraciones como su tipo impositivo.
El tipo impositivo supone un porcentaje fijo que ronda el 5 % y la base imponible es la misma que la que se utiliza en el cálculo del IVA, aunque como hemos visto, en 2025 esta base puede ampliarse.
Esto confirma el regreso a su valor original del tipo impositivo que se había reducido en los últimos años para hacer frente a la crisis energética. En consecuencia, a la subida del IVA de la luz en enero de 2025, se le suma el incremento de este impuesto.
Por otro lado, la energía destinada a las siguientes actividades puede acogerse a una reducción del 85 % que debe solicitarse en la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que corresponda a la empresa o establecimiento:
Y por último, la energía suministrada a embarcaciones atracadas en el puerto, siempre que no sean privadas de recreo, así como la energía suministrada o consumida por el transporte por ferrocarril pueden acogerse a una reducción del 100 %.
De acuerdo con la Ley 28/2014, las personas o actividades sujetas al impuesto especial sobre la electricidad son las siguientes:
En este punto queremos constatar que el consumo de la propia energía producida por generadores o conjunto de generadores de un máximo de 100 kilovatios (kW) de potencia total no están sujetos al pago de este impuesto eléctrico.
El impuesto especial sobre la electricidad aparece normalmente desglosado en la sección destinada a los impuestos y cargos.
Según el proveedor y el formato puede mostrarse bajo etiquetas como “impuesto especial sobre electricidad”, “tributos” o “recargos fiscales”. En el mismo apartado va a aparecer el IVA y otros cargos.
El impacto del impuesto energético para consumidores y empresas es el de un incremento de la factura de la luz que puede afectar al presupuesto familiar o a la previsión de costes operativos, respectivamente.
El análisis de estas consecuencias se hace, por lo tanto, necesario en el sentido de que tanto consumidores como empresas deben prepararse y adoptar estrategias de consumo energético que mitiguen este aumento.
Entre esas opciones para una mejor gestión de la energía se encuentran 3 que son a su vez los pilares básicos del ahorro en el consumo:
El impuesto especial sobre la electricidad no se aplica cuando se suministra energía en los siguientes intervinientes y contextos:
Si quieres acogerte a esta exención, debes solicitar en la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la AEAT el Código de Actividad y Establecimiento (CAE). En este documento aparece tu CUPS, la energía a la que se aplica la exención y la fecha de aplicación.
Debes adjuntar una declaración responsable para acreditar que cumples los requisitos para acogerte a esta exención o reducción del impuesto.
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