Luz

Impuesto especial sobre la electricidad: qué es y cuánto cuesta

El impuesto especial sobre la electricidad es un gravamen que se aplica en la factura de la luz a la mayoría de los consumidores. Es importante señalar que el tipo de actividad es importante, dado que algunas pueden acogerse a ciertas exenciones y reducciones. 

Cabe aclarar, que este impuesto, al igual que el del valor añadido o IVA se tiene que abonar incluso cuando no se da ningún consumo, puesto que considera el término de potencia, es decir, el precio que pagas por la cantidad de kW (kilovatios) de potencia que tienes contratada con tu comercializadora eléctrica. 

Comprender este concepto impositivo te permite entender mejor el importe final de tu factura eléctrica. Por sus implicaciones, en este artículo vamos a hablarte sobre qué es el impuesto especial sobre la electricidad cuánto cuesta, además de ahondar en sus características.

¿Qué es el impuesto especial sobre la electricidad?

Impuesto especial sobre electricidad

El Impuesto especial sobre la electricidad es un tributo de naturaleza indirecta que grava la producción y el suministro de electricidad con el objetivo de compensar la eliminación del recargo sobre la facturación eléctrica financiada anteriormente por el sector de la minería.

Fue incorporado a los impuestos especiales de fabricación por la Ley 66/1997,  pasando de esta manera a formar parte del grupo de impuestos entre los que también se encuentran el impuesto al alcohol o al tabaco, y que buscan garantizar el uso responsable de recursos limitados mientras se intenta proteger la salud de las personas.

En concreto, se trata de un importe que se obtiene sobre el término de consumo y el término de potencia contratada y que aparece en tu factura como “impuesto sobre electricidad”, por lo que la tarifa de luz que tengas contratada con tu comercializadora cobra especial importancia.

De hecho, son las comercializadoras las encargadas de recaudar este impuesto especial sobre la electricidad en nombre del Gobierno y se aplica tanto a las instalaciones de consumo como de autoconsumo eléctrico.

Impuesto especial sobre la electricidad 2025: cambios y novedades

En 2025 el impuesto especial sobre la electricidad introduce una serie de modificaciones que debes conocer, ya que este concepto es uno de los impuestos que se reflejan en tu factura de la luz y cuyo pago asumes.

Te explicamos en los puntos sucesivos las principales novedades previstas para este año recogidas en la Orden HAC/1433/2024.

Tipos impositivos

Los tipos impositivos para calcular el impuesto van a ajustarse en función de nuevos objetivos fiscales y medioambientales en apoyo del desarrollo de políticas de transición ecológica.

El objetivo es reflejar el coste ambiental del consumo eléctrico y equilibrar la carga fiscal entre los grandes consumidores y los usuarios domésticos.

Ampliación de la base imponible

Los criterios que definen el ámbito de aplicación de este impuesto van a ampliarse, de modo que, ciertos consumos que podían estar exentos o que se calculaban de manera diferenciada, van a pasar a formar parte del cómputo general.

Por ejemplo, consumos asociados a actividades de interés público que podían estar exentos, se incorporan a la base general, además de eliminar lagunas fiscales para garantizar que todos los consumidores contribuyan de manera equitativa según su consumo.

Incentivos a la eficiencia energética y uso de energías renovables

Con la intención de incentivar la eficiencia energética y la transición hacia fuentes de energía más limpias y sostenibles, se van a aplicar deducciones y bonificaciones para las inversiones que se realicen en tecnologías limpias.

Gracias a esta iniciativa, las empresas que apuesten por energías renovables y por una mayor eficiencia van a ver reducido el impacto del impuesto especial sobre la electricidad.

Impacto en el sector y procedimientos fiscales

Tal y como acabamos de comentarte, va a haber un trato diferenciado entre consumidores industriales o grandes consumidores y los domésticos para ajustar mejor la carga impositiva.

Para ello se pone en marcha el Modelo 560, una declaración informativa que deben presentar:

  • Las empresas del sector energético que se decidan a la comercialización, distribución o suministro de electricidad, puesto que generan operaciones que se encuentran sometidas al impuesto especial sobre la electricidad.
  • Los grandes consumidores industriales o comerciales, puesto que sus niveles de consumo superan los límites establecidos por la normativa, por lo que sus operaciones se incluyen en la base de recaudación.

¿Cuánto cuesta el impuesto eléctrico especial en 2025?

La fórmula para calcular este gravamen es la siguiente:

Facturación del término de potencia + facturación del término de la energía o energía consumida * porcentaje establecido para este impuesto.

Ante este cálculo, al tomar en cuenta el término de potencia, incluso si un hogar no ha consumido electricidad, el impuesto se cobra de igual manera, tal y como te hemos avanzado.

Además, y esto es muy importante, la subida del IVA de la luz en 2025 también va a afectar a este impuesto de la luz, porque al ser de carácter especial, se encuentra sometido a la aplicación del IVA.

Como complemento a esta información vemos relevante abordar otras consideraciones como su tipo impositivo.

¿Cuál es el tipo impositivo del impuesto eléctrico?

El tipo impositivo supone un porcentaje fijo que ronda el 5 % y la base imponible es la misma que la que se utiliza en el cálculo del IVA, aunque como hemos visto, en 2025 esta base puede ampliarse.

Esto confirma el regreso a su valor original del tipo impositivo que se había reducido en los últimos años para hacer frente a la crisis energética. En consecuencia, a la subida del IVA de la luz en enero de 2025, se le suma el incremento de este impuesto.

Por otro lado, la energía destinada a las siguientes actividades puede acogerse a una reducción del 85 % que debe solicitarse en la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que corresponda a la empresa o establecimiento:

  • Procesos electrolíticos y de reducción química.
  • Procesos mineralógicos y metalúrgicos.
  • Actividades industriales cuyo coste de electricidad represente más del 50 % del coste del producto.
  • Riegos agrícolas.
  • Industrias cuyas compras o consumo de electricidad supongan al menos el 5 % del valor de la producción.

Y por último, la energía suministrada a embarcaciones atracadas en el puerto, siempre que no sean privadas de recreo, así como la energía suministrada o consumida por el transporte por ferrocarril pueden acogerse a una reducción del 100 %.

¿Quién paga el impuesto especial sobre la electricidad?

De acuerdo con la Ley 28/2014, las personas o actividades sujetas al impuesto especial sobre la electricidad son las siguientes:

  • La persona o entidad que utiliza la electricidad para su propio consumo, incluida la prestación del servicio de peajes de acceso a la red eléctrica y el suministro de electricidad.
  • Los gestores de cargas del sistema, esto es, según la definición que establece Real Decreto 647/2011, las sociedades mercantiles que siendo consumidores, pueden suministrar energía eléctrica para la recarga de los vehículos eléctricos.
  • Los productores de energía eléctrica que consumen su propia electricidad.

En este punto queremos constatar que el consumo de la propia energía producida por generadores o conjunto de generadores de un máximo de 100 kilovatios (kW) de potencia total no están sujetos al pago de este impuesto eléctrico.

¿Dónde aparece el impuesto eléctrico en tu factura de luz?

El impuesto especial sobre la electricidad aparece normalmente desglosado en la sección destinada a los impuestos y cargos.

Según el proveedor y el formato puede mostrarse bajo etiquetas como “impuesto especial sobre electricidad”, “tributos” o “recargos fiscales”. En el mismo apartado va a aparecer el IVA y otros cargos.

Impacto del impuesto especial sobre la electricidad para consumidores y empresas

El impacto del impuesto energético para consumidores y empresas es el de un incremento de la factura de la luz que puede afectar al presupuesto familiar o a la previsión de costes operativos, respectivamente.

El análisis de estas consecuencias se hace, por lo tanto, necesario en el sentido de que tanto consumidores como empresas deben prepararse y adoptar estrategias de consumo energético que mitiguen este aumento.

Entre esas opciones para una mejor gestión de la energía se encuentran 3 que son a su vez los pilares básicos del ahorro en el consumo:

  • Revisar la tarifa de luz contratada para detectar si es necesario cambiarla o no.
  • Instalar sistemas de automatización como puede ser la domótica para optimizar el uso de la energía.
  • Sustituir equipos antiguos por soluciones más eficientes.

¿Quién está exento del pago del impuesto especial sobre la electricidad?

El impuesto especial sobre la electricidad no se aplica cuando se suministra energía en los siguientes intervinientes y contextos:

  • Las relaciones diplomáticas o consulares.
  • Las organizaciones internacionales –incluidos sus miembros– reconocidas en España según las condiciones plasmadas en los convenios internacionales o igualmente que emanen de acuerdos específicos junto con la exención del IVA.
  • Las fuerzas armadas –incluyendo al personal civil a su servicio– integradas en el Tratado del Atlántico Norte.
  • Los titulares de las instalaciones de producción de energía que, conforme a la legislación de su sector, puedan acogerse a un régimen retributivo particular.
  • La energía suministrada que proceda de pilas de combustibles.
  • Las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía siempre que realicen exclusivamente estas actividades.
  • El autoconsumo renovable siempre que la potencia instalada no supere los 50 megavatios (MW).

Si quieres acogerte a esta exención, debes solicitar en la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la AEAT el Código de Actividad y Establecimiento (CAE). En este documento aparece tu CUPS, la energía a la que se aplica la exención y la fecha de aplicación.

Debes adjuntar una declaración responsable para acreditar que cumples los requisitos para acogerte a esta exención o reducción del impuesto.

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