¿Qué agentes intervienen en los certificados de ahorro energético y cuál es su función?

Sujetos delegados, obligados, verificadores de CAEs… Conocer los agentes que intervienen en el sistema de los certificados de ahorro energético te va a ayudar a entender cómo puedes beneficiarte y ahorrar con tus actuaciones de mejora energética. 

En este artículo vas a descubrir quién es quién en el sistema CAE, cuál es su función y cómo puedes contar con empresas acreditadas de manera segura.

¿Qué es un sujeto obligado en los certificados de ahorro energético (CAEs)?

Sujetos obligados, delegados y verificadores en los certificados CAE

Un sujeto obligado (SO) es una persona física o jurídica que tiene la obligación de lograr un ahorro energético determinado al año, como las empresas comercializadoras de electricidad o de gas, así como los operadores al por mayor de productos petrolíferos o Gas Licuado de Petróleo (GLP), hayan tenido o no ventas de energía.

Esta obligación de ahorro de energía se encuentra relacionada en el artículo 8 de la Directiva (UE) 2023/1791 de Eficiencia Energética que marca la hoja de ruta del ahorro energético de los Estados miembros año a año, desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2030 de la siguiente forma:

  • 0,8 % para 2021-2023.
  • 1,3 % para 2024-2025.
  • 1,5 % para 2026-2027.
  • 1,9 % para 2028-2030.

En 2030, este ahorro debe traducirse en un 39,5 % de mejora de la eficiencia energética con respecto a 1990 para avanzar hacia la neutralidad en 2050, tal y como se recoge en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030.

Cada año, a través de una orden ministerial, se establecen los objetivos concretos de ahorro, así como las previsiones para años sucesivos. Por ejemplo, la Orden TED/197/2025, establece un objetivo de ahorro final para el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE) de 500 ktep o 5.815 GWh.

¿Cómo debe cumplir el SO con su obligación de ahorro energético?

Este tipo de agentes del sistema de certificados de ahorro energético (CAEs) pueden cumplir con esta obligación de dos maneras diferentes:

  1. Pagando al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Se trata de un organismo gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). El FNEE destina sus fondos a financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética.
  2. Invirtiendo en actuaciones que generen un ahorro energético.

Existe una tercera vía que es la combinación de ambas opciones que se da si el sujeto obligado, a pesar de implementar mejoras energéticas, no consigue cumplir con su obligación de ahorro anual.

¿Todos los sujetos obligados pueden solicitar emisiones de CAE?

No todos los sujetos obligados pueden solicitar CAEs. En virtud del artículo 14 de la Orden TED/815/2023, los SO cuya obligación de ahorro sea inferior a 50 MWh, no pueden solicitar estos certificados.

Ahora bien, sí van a poder adquirir CAE de otros sujetos obligados o delegados, y utilizarlos para liquidar su propia obligación.

¿Qué son los sujetos delegados en los CAEs?

Los sujetos delegados son personas jurídicas, tanto públicas como privadas, con un objeto social de carácter mercantil, acreditadas por el Coordinador Nacional de Sistemas CAE para representar, total y parcialmente, a los sujetos obligados.

Explicado de otro modo, son intermediarios técnicos y administrativos que facilitan la obtención de certificados de ahorro energético, y coordinan su tramitación con los verificadores, los propietarios del ahorro y los gestores autonómicos.

¿Quién puede inscribirse como sujeto delegado?

De acuerdo con la Orden TED/815/2023 anteriormente citada (concretamente en los artículos 3 al 8), las empresas que deseen acreditarse como sujetos delegados deben cumplir con requisitos generales, legales, técnicos y económicos-financieros. Asimismo, deben ser empresas españolas, de un Estado miembro de la UE o de un tercer Estado, pero con establecimiento permanente en España.

Por ejemplo, además de ser una persona jurídica y estar acreditada por el Coordinador Nacional, no pueden ser entidades que participen en el diseño, gestión u organización del sistema CAE, ni pueden realizar aportaciones económicas al FNEE.

¿Dónde puedes encontrar un listado oficial de sujetos delegados CAEs?

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha habilitado un listado oficial de los sujetos delegados. En la misma página web puedes acceder a información relevante sobre los gestores autonómicos y los verificadores de ahorro.

¿Qué es un verificador en el sistema de certificados de ahorro energético?

El verificador en el sistema de certificados de ahorro energético es un organismo acreditado por la ENAC que los sujetos obligados y delegados pueden seleccionar para que compruebe el ahorro de energía obtenido por actuaciones de eficiencia energética.

Estas entidades analizan la documentación aportada y acreditan que los procedimientos cumplen con los requisitos establecidos, y según el caso, pueden verificar actuaciones estandarizadas o singulares.

¿Quién puede actuar como verificador ENAC en CAE?

Cualquier sujeto puede actuar como verificador en el sistema CAE siempre que cumpla con los requisitos para la acreditación de la ENAC, procedimiento recogido en detalle en su esquema de acreditación.

Algo importante es que la empresa que aspira a ser verificadora no debe haber sido ni sujeto obligado ni delegado en los últimos 3 años.

3 preguntas indispensables para entender el sistema CAE

Antes de finalizar, queremos recordar 3 cuestiones importantes sobre el sistema CAE.

¿Quién puede vender CAEs?

Los intervinientes del sistema CAE que pueden vender certificados de ahorro energético son los sujetos obligados o los delegados, siempre que hayan sido verificados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y sean propietarios de los certificados o tengan la autorización de comercializarlos.

¿Qué es el convenio CAE?

El convenio CAE es el contrato por el que el propietario del ahorro energético cede dicho ahorro a un sujeto obligado o delegado a cambio de una contraprestación que puede ser económica o de otra naturaleza.

¿Quién emite los CAEs?

Los CAEs son emitidos a través del órgano competente (normalmente un gestor autonómico) en materia de eficiencia energética de la Comunidad Autónoma en la que se encuentra la instalación que proporciona el ahorro.

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