Normativa para la instalación de placas solares en 2023

La normativa para la instalación de placas solares discrimina entre instalaciones de autoconsumo eléctrico de distintos tipos: con o sin excedentes, individuales o colectivas. En el caso de contar con excedentes también distingue si se acogen o no a compensación. 

Desde la derogación del impuesto al sol, el Gobierno ha adoptado una serie de medidas impulsoras del autoconsumo para potenciar la transición energética y como herramienta de ayuda al consumidor para reducir el precio de su factura eléctrica.

Conocer la normativa para la instalación de placas solares te ofrece la oportunidad de analizar si es un modelo de consumo energético que puede adaptarse a tu estilo de vida.  

¿Cuál es la normativa para instalar placas solares?

La normativa para instalar placas solares se ha actualizado por medio del Real Decreto 244/2019 que regula las condiciones del autoconsumo eléctrico en lo referente a 4 aspectos principales: 

  1. Las condiciones administrativas, económicas y técnicas relacionadas con el autoconsumo de energía eléctrica.  
  2. La definición de los diferentes tipos y conceptos ligados al autoconsumo con y sin excedentes, así como el autoconsumo colectivo. 
  3. El abordaje del mecanismo de compensación simplificada en relación a los excedentes de producción de electricidad. 
  4. Los requisitos administrativos y legales para la instalación de placas solares

El autoconsumo a través de placas solares resulta una de las grandes apuestas energéticas para reducir las emisiones de CO2 al año para combatir el cambio climático y por los efectos positivos que esta norma promueve en lo referente a la economía general, al sistema eléctrico y a los propios usuarios.  

En lo que concierne a las empresas, en 2021 el Gobierno, mediante el Real Decreto 144/2021, ha aprobado en el marco del PRTR (del inglés European Pollutants Release and Transfer Register, en español, Registro Europeo de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) que se concedan 660 millones de euros que pueden ampliarse hasta los 1.320 millones en ayudas para autoconsumo, así como para almacenamiento y climatización con energías renovables. 

Normativa instalación placas solares

¿Qué expone la normativa sobre autoconsumo fotovoltaico?

La normativa sobre autoconsumo fotovoltaico clasifica las diferentes modalidades en autoconsumo, tal y como recogemos en los puntos sucesivos.

Autoconsumo sin excedentes

Se trata de instalaciones que no vierten el excedente de su producción a la red de transporte o distribución eléctrica. Por esta razón, es preciso que instalen un mecanismo de antivertido.

Autoconsumo con excedentes

El autoconsumo con excedentes hace referencia a las instalaciones de placas solares que revierten a la red el sobrante de la energía que producen y no consumen, pudiendo acogerse o no a compensación:

  • Instalación acogida a compensación. Implica que el productor y el consumidor opten por este mecanismo. Esta solución solo es posible si no existe un régimen retributivo adicional, si el consumidor cuenta con un único contrato de consumo con la suministradora, si la energía primaria es renovable y si la instalación no supera los 100 kW. 
  • Instalación no acogida a compensación. Se refiere a todos los contratos que no cumplen con los requisitos anteriormente citados o que voluntariamente no desean acogerse a esta modalidad porque desean vender sus excedentes en el mercado eléctrico. 

Autoconsumo individual o colectivo

Independientemente de la clasificación que acabamos de compartir contigo, puedes optar por el autoconsumo colectivo o individual. En el primer caso, varios consumidores se asocian para conectarse a una misma instalación bajo las siguientes premisas: 

  • Todos los consumidores deben asociarse a la misma modalidad de consumo. 
  • Deben suscribir un mismo acuerdo firmado por todos los participantes. Este documento tiene que recoger los criterios de reparto de la energía generada. En el caso de que estos criterios o modalidad se desee cambiar, todos los usuarios deben suscribir el cambio, que, además, debe establecer la normativa de aplicación. 

¿Qué requisitos y trámites se dan en la instalación fotovoltaica de autoconsumo?

Dependiendo del tipo de instalación fotovoltaica de autoconsumo por la que optes, deberás realizar trámites a nivel estatal, autonómico o local complementarios a los de la empresa distribuidora. 

Factores como la potencia en la instalación y el tipo de consumo –individual o colectivo– determinan el tipo de documentación que debes presentar.  

Ante esta información, vamos a compartir contigo la documentación necesaria antes y después de la instalación, de acuerdo con lo estipulado por el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) y clasificando la información según el órgano que deba gestionarla. 

Puede que algunos de los requisitos legales no se apliquen a pequeños consumos siguiendo la normativa para placas solares en viviendas. 

Una vez comprobado que el emplazamiento seleccionado no cuenta con ningún tipo de restricción medioambiental, urbanística o de infraestructura, la documentación necesaria para el proyecto es la siguiente.

Administración local

Antes de la instalación debes solicitar a tu administración local la licencia de obras y una vez acabada, la licencia de actividad.

Administración autonómica

La administración autonómica es la encargada de concederte si cumples con los requisitos la autorización ambiental y de utilidad pública, así como la autorización administrativa

Finalizado el proyecto, determinará la inspección inicial e inspecciones periódicas, el certificado de instalación o fin de obras, y por último la autorización de explotación

Administración estatal

Este organismo inscribe la instalación en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica, al igual que en el RAIPRE (Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica).

Distribuidora y/o suministradora

La distribuidora o suministradora son las que deben realizar el mayor número de trámites para la instalación de autoconsumo fotovoltaico

  • Antes de la instalación. Debe solicitar el aval o garantía, el permiso de acceso y conexión, el CAU y también formalizar el contrato de acceso y conexión. 
  • Después de la instalación. Debe verificar la instalación, establecer el contrato de suministro y de servicios auxiliares, formalizar la comunicación del acuerdo de reparto y la compensación de excedentes si proceden, además de contrato de representación.

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