Impuesto al sol vigencia

El Impuesto al sol se estableció como un peaje de acceso a la energía fotovoltaica generada y que el consumidor hacía efectivo a través de los impuestos asociados al suministro eléctrico. Viendo que suponía un clarísimo retroceso en la apuesta por las energías renovables se acabó derogando.

En este artículo vamos a contarte qué es el Impuesto al sol, quién lo creó y cuáles fueron los argumentos para ello. Para terminar te vamos a hablar de su derogación.

¿Qué es el Impuesto al sol?

El Impuesto al sol gravaba el fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y tenía como finalidad el desarrollo ordenado de la actividad mediante el pago de un peaje de acceso a las redes de transporte y distribución a cargo de los consumidores como forma efectiva de contribuir a cubrir los costes de dichas redes.

Oficialmente, su nombre era el de Cargo transitorio por energía autoconsumida y quedaban excluidos de su pago una serie de consumidores.

En concreto hablamos de las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico aislado, de las que contaban con una potencia inferior a 10 kW, de los consumidores de Ceuta, Melilla y las Islas Canarias, y de las instalaciones de cogeneración y frenado de trenes. 

La normativa de control de este cargo quedaba reglamentada en el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulaban las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción de autoconsumo.

Impuesto al sol

¿Quién creó el Impuesto al sol en España?

A título anecdótico, decir que fue el ministro José Manuel Soria López el encargado de firmar esta polémica normativa que vio la luz en octubre de 2015.

Sin embargo, tres años antes de que se aprobara este real decreto, en concreto en mayo de 2012, ya se había presentado una propuesta que se considera como el embrión de lo que acabó siendo el Impuesto al sol.

Este punto de partida que acabamos de mencionar, corrió a cargo de Gonzalo Sáenz de Miera, Director de Prospectiva Regulatoria de la firma Iberdrola quien en su “Análisis del autoconsumo en el marco regulatorio del sector eléctrico español” proponía aumentar los costes de acceso y la implantación de peajes para el consumo.

Con este análisis la semilla para diseñar y poner en marcha el Impuesto al sol se había sembrado y sólo quedaba que germinara.

¿Cuándo se derogó el Impuesto al sol en España?

El Impuesto al sol se derogó el 5 de octubre de 2018 tras tres años de estar en vigor. La firma de la derogación corrió en este caso a cargo de la ministra Teresa Ribera.

Al mismo tiempo que este impuesto se derogaba se ponían en marcha una serie de reformas y propuestas para incentivar y fomentar el uso de la energía solar como una de las fuentes renovables con más futuro en España.

A fin de simplificar los intrincados trámites administrativos relacionados con las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico, el 5 de abril salía a la luz la publicación del Real Decreto 244/2019 por el que se regulaban las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

Este real decreto incluía aspectos correctivos tales como:

  • Eliminar el contador de generación en instalaciones fotovoltaicas sin vertido.
  • Dotar de la exención de solicitar permiso a las compañías eléctricas a aquellas instalaciones con potencias inferiores a los 10 kW y a las instalaciones aisladas.
  • Aprobar la venta y compensación de excedentes de autoconsumo.
  • Aprobar el autoconsumo colectivo.

Puntos clave en la derogación

En la derogación del Impuesto al sol existieron toda una amalgama de razones y argumentos. Te mostramos algunos de los principales.

  • Supuso una clara desaceleración de los objetivos de autoconsumo en España y un paso atrás en la competitividad de este país con respecto a otros países europeos.
  • La compensación económica al sistema eléctrico para respaldar los autoconsumos con pagos por capacidad ya se registraban en la factura eléctrica. Al derogar el peaje, se evitaba que los consumidores pagaran dos veces por la misma contribución al mantenimiento de las redes de suministro.
  • La norma gravaba las instalaciones con baterías que tenían –y tienen– un claro propósito de servir como respaldo a las instalaciones fotovoltaicas.
  • El Impuesto al sol no permitía a las comunidades de propietarios compartir energía por lo que el autoconsumo compartido y colectivo no tenían cabida en este sistema. De esta forma se estaban dejando de aprovechar una serie de economías de escala.
  • El cálculo del impuesto no acababa de ser correcto.
  • La dureza de las sanciones por no registrar una instalación de autoconsumo era a todas luces desmedida y conllevaba multas de entre 60.000 y 6.000.000 de euros.
  • Al estar la mayor parte de las instalaciones por encima de los 10 kW el uso del sistema fotovoltaico se veía encarecido ya desde el minuto uno.
  • Las gestiones burocráticas eran múltiples, tediosas y complicadas de llevar a cabo satisfactoriamente.
  • La amortización de las instalaciones de autoconsumo se alargaba durante mucho más tiempo, pudiendo llegar a convertirse en años. 
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