¿Cómo cambiar el titular del contrato de la luz? Requisitos
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Cambiar el titular del contrato de la luz es un trámite que es necesario llevar a cabo cuando cambias de vivienda o de local comercial, y tiene un fin concreto que es traspasar la responsabilidad del pago y de la gestión del contrato de luz a la persona que realmente recibe ese servicio.
Descubre cuándo conviene cambiar la titularidad del contrato de electricidad y cómo hacerlo de una manera sencilla y rápida.
Razones por las que debes cambiar el titular de la luz
El cambio de la titularidad del contrato de luz es un procedimiento con más importancia de lo que parece, ya que la persona que aparece como titular es la responsable de estar al corriente de las facturas, de la gestión del contrato, así como de todas las incidencias relacionadas con el suministro (fallos en la instalación, cambios en la tarifa o potencia contratada…).
Se trata de una gestión totalmente gratuita que debe ser realizada por la persona que pasa a ser el nuevo titular y que se puede tramitar por teléfono, de manera presencial, vía email o a través de la oficina virtual de la compañía de luz.
¿Cuándo hay que cambiar el titular del contrato de luz?
Estos son algunos ejemplos de situaciones en las que previsiblemente deberás poner a tu nombre el contrato de la luz y, por tanto, llevar a cabo este trámite:
- Compra o alquiler de vivienda.
- Compra o alquiler de local comercial para un negocio.
- Fallecimiento del titular.
- Divorcio o separación.
¿Cuánto tiempo tarda en efectuarse el cambio de titular de la luz?
Aunque la solicitud se tramita en el momento, el plazo para que el cambio de titular de la luz sea efectivo oscila entre 15 y 20 días hábiles.

Requisitos para cambiar el titular de la luz
Lo primero que tienes que hacer para comenzar con el cambio de titularidad es ponerte en contacto con la compañía eléctrica con la que tienes el contrato e informarle de tu intención de realizar un cambio de titular. Para poner en marcha este cambio la comercializadora de luz te solicitará una serie de documentos que deberás aportar y que son:
- Nombre, apellidos, DNI y correo electrónico del nuevo titular del contrato de luz.
- Los datos del antiguo titular: nombre, apellidos y DNI.
- El Código Universal del Punto de Suministro (CUPS), que podrás encontrar en el contador de luz del inmueble o en las facturas.
- Dirección exacta de la vivienda o local, código postal, localidad y provincia.
- Boletín o Certificado de Instalación Eléctrica.
- Número de cuenta bancaria para domiciliar los recibos.
En caso de que quieras aprovechar este momento para hacer también un cambio de tarifa de la luz o incluso de compañía eléctrica, deberás asimismo facilitar la siguiente información:
La potencia actual contratada.
La potencia eléctrica deseada.
La nueva tarifa de luz a contratar.
Te recordamos que cambiar de potencia eléctrica (aumentar o disminuir) conlleva un coste para el titular. Y en el caso de cambiar de compañía deberás asegurarte de que no existe un compromiso de permanencia con la comercializadora eléctrica actual que pudiera suponerte una penalización económica.
¿Y si hay deudas pendientes del anterior titular?
En principio, las deudas por facturas pendientes quedan asociadas al punto de suministro, por lo que si queremos ser los nuevos titulares del mismo y hay facturas pendientes, éstas pasarán a ser responsabilidad nuestra. Para evitar esto, podemos realizar un proceso de cambio de titular sin subrogación de deuda, lo que implica que te desvinculas de las deudas del propietario o inquilino anterior.
Al realizar un cambio de titular sin subrogación algunas compañías pueden solicitar una copia del contrato de alquiler o compra de la vivienda, con el fin de verificar las fechas en la que dicha vivienda aún estaba habitada por el anterior propietario moroso.
Cambio de titularidad por fallecimiento
En caso de fallecimiento del titular del contrato de luz, los familiares o las personas allegadas realizarán el trámite del cambio de nombre, aunque también podrían optar por dar de baja el suministro eléctrico.
Como justificante, las empresas comercializadoras suelen requerir que se aporte el certificado de defunción.
Cambio de titularidad por divorcio
Un divorcio o separación de pareja es otro de los motivos más habituales para cambiar el titular del contrato de la luz. Normalmente es la persona que permanece en el domicilio conyugal la que asume la responsabilidad del contrato de electricidad y, por tanto, será la que realice este cambio siempre que no estuviera ya a su nombre.
Para verificar quién se va a quedar en la vivienda, la compañía de luz podría solicitar una copia de la sentencia de divorcio.
Cambio de titularidad si soy inquilino
Como arrendatario te puede interesar ser titular del contrato de luz de tu casa alquilada para llevar un mayor control de las facturas (pagos, posibles errores de lectura, etc.) así como para tener la posibilidad de escoger la tarifa eléctrica que mejor se ajuste a tus circunstancias.
En estos casos, para realizar dicho cambio de titular, tendrás que aportar a la compañía comercializadora de luz el contrato de alquiler.
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